Dirección de Planeación, Evaluación y Sistemas |
ARTÍCULO 28.- Obligaciones y facultades de la Dirección de Planeación, Evaluación y Sistemas. |
I. Elaborar y actualizar periódicamente "El Programa";
II. Proponer y coordinar con las distintas dependencias y entidades la ejecución de estudios para incorporar nuevos corredores al Sistema;
III. Proponer y coordinar las políticas de integración de los nuevos corredores al Sistema.
IV. Establecer las políticas de integración del Sistema con los modos de transporte colectivo y masivo del Distrito Federal;
V. Coordinar con las instancias gubernamentales y privadas vinculadas, la puesta en marcha de nuevos Corredores;
VI. Desarrollar modelos financieros para los nuevos corredores y en general para el Sistema;
VII. Coordinar las actividades de planeación que se desarrollen en el Organismo;
VIII. Coordinar la formulación de los manuales de organización y procedimientos del Organismo;
IX. Coordinar las actividades de los Comités Técnicos de los fideicomisos que administren los recursos del Sistema.
X. Analizar los avances tecnológicos en materia de transporte de pasajeros y determinar la viabilidad de incorporarlos al Sistema;
XI. Coordinar las actividades relacionadas con los proyectos ambientales del Organismo;
XII. Evaluar técnica y económicamente el desempeño del Sistema y proponer las medidas que correspondan para garantizar su adecuado funcionamiento;
XIII. Evaluar la tarifa técnica del Sistema, planear la política tarifaría y formular las propuestas de actualización de la tarifa al usuario;
XIV. Evaluar los costos de operación de las empresas operadoras y proponer actualizaciones a las tarifas del pago por kilómetro.
XV. Evaluar la reducción de emisiones contaminantes que genera la operación del Sistema;
XVI. Proponer al Director General el establecimiento y difusión de las políticas respecto de la operación del sistema de peaje y control de accesos del Sistema;
XVII. Supervisar el cumplimiento de los programas de mantenimiento y conservación del estado físico, mecánico y operativo del equipo de recaudo;
XVIII. Diseñar, elaborar, implantar y mantener en operación los sistemas informáticos del Organismo de acuerdo a la normatividad aplicable;
XIX. Brindar asistencia técnica y capacitación en materia informática al Organismo;
XX. Diseñar, implantar, administrar y mantener las redes informáticas del Organismo; y
XXI. Las que señalen otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones administrativas aplicables".
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