Gerente de Programación y Control Operativo |
Estatuto Orgánico de "Metrobús" Organismo Público Descentralizado.
ARTÍCULO 26. Fracciones: I,II,III,IV,V, VI, VII, VIII, IX, X, XI |
“ARTÍCULO 26.- Obligaciones y Facultades de la Gerencia de Programación y Control Operativo. |
I. Acordar con el Director Técnico Operativo el despacho de los asuntos encomendados a las Jefaturas de Unidad adscritas a su responsabilidad; |
II. Desempeñar las comisiones que el Director Técnico Operativo le encomiende y mantenerlo informado sobre el desarrollo de sus actividades; |
III. Someter a la aprobación del Director Técnico Operativo los estudios y proyectos que se elaboren para la correcta prestación, supervisión e inspección del servicio de Transporte de Público de pasajeros bajo el marco de Corredor de Transporte por las jefaturas de unidad su cargo; |
IV. Coordinar entre sí sus respectivas labores para obtener un mejor desarrollo de las mismas; |
V. Mantener la oferta de servicio de Transporte Público bajo la modalidad de Corredores de Transporte, en equilibrio con la demanda real para la factibilidad financiera del sistema; |
VI. Colaborar en la planeación, programación, organización y evaluación del desempeño de las actividades operativas y técnicas adscritas, conforme a los lineamientos que establece este Estatuto y el Director Técnico Operativo; |
VII. Dictaminar las medidas necesarias de mejoramiento técnico operativo de las áreas adscritas y proponer al Director Técnico Operativo, la delegación en funcionarios subalternos de facultades que tengan encomendadas en cuanto a verificación de mantenimiento de los autobuses, apego a los programas de servicio, control de los indicadores de servicio; |
VIII. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia; |
IX. Proporcionar la información, los datos o la cooperación técnica que les sean requeridos por otras dependencias del Gobierno del Distrito Federal; |
X. Apoyar a la Dirección Técnico Operativa del Organismo en la promoción, conducción, coordinación, vigilancia y evaluación del desarrollo del Organismo en aspectos operativos; y |
XI. Las que señalen otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones administrativas aplicables”. |
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MANUAL ADMINISTRATIVO DE METROBÚS
Registro MA-64/301115-E-MB-2/2011 de la Coordinación General de Modernización Administrativa y cuyo aviso se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de diciembre de 2015
V. ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS, MISIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LOS PUESTOS
Puesto: Gerencia de Sistemas de Peaje y Nuevas Tecnología. Objetivos 1 a 4 |
Misión: Consolidar para los usuarios la oferta de transporte público del servicio en la modalidad establecida para Metrobús, acorde al comportamiento de la demanda, la operación, el seguimiento del servicio, análisis de los resultados y retroalimentación de la misma, que beneficie el esquema operativo y de negocio para el Sistema. |
Objetivo 1: Revisar los resultados de los estudios y el comportamiento de la demanda para la adecuada planeación y programación de la operación de cada corredor, que contribuya a una mejora en la oferta de servicio.
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Objetivo 2: Revisar las programaciones acorde al comportamiento de la demanda y optimizar los recursos disponibles sin omitir las directrices del esquema de servicio y negocio.
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Objetivo 3: Planear la implantación de la programación del servicio, su seguimiento, y registro de resultados de la operación.
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Objetivo 4: Analizar los resultados de la operación para emitir los reportes, mejoras e indicadores, que permitan la medición de los resultados de la operación del Sistema.
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