Sistema de Corredores deTransporte Público de Pasajeros del D.F., Metrobús Traducir:
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Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Funciones del personal que labora en Metrobús
en comformidad con el Manual Administrativo de Metrobús publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo de 2011
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Director de Comunicación e Información Pública
Estatuto Orgánico de Metrobús
ARTÍCULO 23. Fracciones: I,II,III,IV,V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV
ARTÍCULO 23.- Son atribuciones de los Directores de área:
    I. Acordar con el Director General el despacho de los asuntos encomendados a las áreas a su cargo.
    II. Desempeñar las comisiones que el Director General les encomiende y mantenerlo informado sobre el desarrollo de sus actividades;
    III. Someter a la aprobación del Director General los estudios y proyectos que elaboren el área a su cargo;
    IV. Vigilar que se cumpla estrictamente con las disposiciones legales y administrativas en todos los asuntos a ellos asignados;
    V. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las funciones encomendadas al área a su cargo;
    VI. Formular los requerimientos presupuestales correspondientes;
    VII. Establecer las medidas necesarias de mejoramiento administrativo;
    VIII. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia;
    IX. Apoyar al Director General en la promoción, conducción, coordinación, vigilancia y evaluación del desarrollo del Organismo, en congruencia con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, los programas sectoriales e institucionales y demás programas pertinentes;
    X. Proponer al Director General, las normas, políticas y medidas para apoyar el desarrollo de las áreas a su cargo;
    XI. Participar en la elaboración de los programas institucionales, así como analizar y dictaminar sobre ellos y promover los ajustes que se requieran;
    XII. Administrar los recursos asignados al área de su responsabilidad;
    XIII. Proponer al Director General el nombramiento o remoción del personal del área a su cargo;
    XIV. Cumplir con las disposiciones aplicables sobre capacitación y adiestramiento de los trabajadores del Organismo; y
    XV. Las demás atribuciones que señalen otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones administrativas aplicables.
 
Estatuto Orgánico de "Metrobús" Organismo Público Descentralizado.
ARTÍCULO 30. Fracciones: I,II,III,IV,V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI
“ARTÍCULO 30.- Obligaciones y facultades de la Dirección de Comunicación e Información Pública. Corresponde a la Dirección de Comunicación e Información Pública:
    I. Determinar con el Director General las estrategias de información, comunicación e imagen del Sistema;
    II. Coordinar y desarrollar el Programa de Difusión y Comunicación;
    III. Coordinar la Oficina de Información Pública;
    IV. Administrar el Comité de Transparencia;
    V. Asegurar la actualización de la información pública de oficio del portal de transparencia;
    VI. Controlar la protección y tratamiento de los datos personales en posesión del organismo;
    VII. Coordinar la atención, orientación y apoyo a los usuarios del Sistema, ciudadanía e instituciones nacionales y extranjeras que requieran información, emitan quejas y sugerencias o soliciten visitas guiadas;
    VIII. Dirigir, coordinar y controlar a los grupos de apoyo externos para la atención de los usuarios;
    IX. Coordinar el diseño de informes de actividades relacionadas con el funcionamiento del Sistema Metrobús a medios de comunicación y usuarios;
    X. Establecer los trabajos de concertación con los grupos sociales, relacionados con la puesta en marcha y operación de los corredores de transporte del Sistema Metrobús;
    XI. Determinar sistemas de comunicación y coordinación con las diferentes dependencias del Sector Público e iniciativa privada, a efecto de impulsar el crecimiento y modernización del organismo y del Sistema Metrobús;
    XII. Coordinar las acciones que permitan promover el establecimiento y mantenimiento de una nueva cultura para el uso y ampliación de los sistema de transporte sustentables, a través de la difusión externa de de los principales servicios y logros del Sistema Metrobús, fortaleciendo la imagen institucional ante los diferentes sectores o grupos
    de interés;
    XIII. Coordinar las relaciones con los representantes de los medios de comunicación respecto a la emisión de boletines y la entrega de información del Sistema Metrobús;
    XIV. Dirigir, coordinar y controlar la edición y difusión de información a través de los medios de comunicación con que cuente el Sistema Metrobús;
    XV. Coordinar el seguimiento de la información relativa al organismo y Sistema que aparezca en los medios de comunicación;
    XVI. Expedir el Manual de Identidad Grafica, así como difundir sus criterios y lineamientos; y coadyuvar con las diferentes áreas en el uso y aplicación de los diversos elementos que se relacionen con la identidad del Sistema Metrobús;
    XVII. Dirigir el apoyo a las unidades administrativas, conforme se le requiera, en el diseño, emisión y distribución de los diversos medios o elementos de difusión relacionados con los proyectos, servicios, programas y eventos del Sistema Metrobús;
    XVIII. Administrar la página electrónica en internet del organismo con la información generada por las unidades administrativas;
    XIX. Coadyuvar en la gestión de las acciones relacionadas para la explotación por terceros de los espacios publicitarios del Sistema Metrobús;
    XX. Proponer a su superior las acciones para la mejora y fortalecimiento del mismo; y
    XXI. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de las leyes, reglamentos, ordenamientos, acuerdos y convenios, y aquellas que le sean asignadas por la Dirección General.
 
MANUAL ADMINISTRATIVO DE METROBÚS
Registro MA-64/301115-E-MB-2/2011 de la Coordinación General de Modernización Administrativa y cuyo aviso se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de diciembre de 2015
V. ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS MISIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LOS PUESTOS
Puesto: Dirección de Comunicación e Información Pública. Objetivos 1 a 3
    Misión: Coordinar las actividades de atención a usuarios, comunicación e imagen institucional, así como las actividades en materia de acceso a la información pública y datos personales.
    Objetivo 1: Coordinar la imagen institucional del organismo y Sistema Metrobús.
    Objetivo 2: Coordinar las acciones para la atención de usuarios del Sistema Metrobús.
    Objetivo 3: Coordinar la atención de solicitudes de información pública y datos personales, así como de la publicación de la información pública de oficio en el portal de transparencia electrónico de este organismo.

 
 
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) responsables(s) de la información: Los manuales de procedimientos son responsabilidad de cada unidad administrativa generadora.
 
 
Número de visitas
Orientación Ciudadana
atención ciudadana

Metrobús

Cuauhtémoc 16, Col. Doctores, C.P. 06720
Del. Cuauhtémoc, D.F. Teléfonos: 5761.6858, 5761.6860

Contacto: atencion_usuarios@metrobus.df.gob.mx

Oficina de Información Pública: oip@metrobus.df.gob.mx

 

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