Director de Planeación, Evaluación y Sistemas |
Estatuto Orgánico de "Metrobús" Organismo Público Descentralizado.
ARTÍCULO 23. Fracciones: I,II,III,IV,V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV |
ARTÍCULO 23.- Son atribuciones de los Directores de área:
I. Acordar con el Director General el despacho de los asuntos encomendados a las áreas a su cargo.
II. Desempeñar las comisiones que el Director General les encomiende y mantenerlo informado sobre el desarrollo de sus actividades;
III. Someter a la aprobación del Director General los estudios y proyectos que elaboren el área a su cargo;
IV. Vigilar que se cumpla estrictamente con las disposiciones legales y administrativas en todos los asuntos a ellos asignados;
V. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las funciones encomendadas al área a su cargo;
VI. Formular los requerimientos presupuestales correspondientes;
VII. Establecer las medidas necesarias de mejoramiento administrativo;
VIII. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia;
IX. Apoyar al Director General en la promoción, conducción, coordinación, vigilancia y evaluación del desarrollo del Organismo, en congruencia con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, los programas sectoriales e institucionales y demás programas pertinentes;
X. Proponer al Director General, las normas, políticas y medidas para apoyar el desarrollo de las áreas a su cargo;
XI. Participar en la elaboración de los programas institucionales, así como analizar y dictaminar sobre ellos y promover los ajustes que se requieran;
XII. Administrar los recursos asignados al área de su responsabilidad;
XIII. Proponer al Director General el nombramiento o remoción del personal del área a su cargo;
XIV. Cumplir con las disposiciones aplicables sobre capacitación y adiestramiento de los trabajadores del Organismo; y
XV. Las demás atribuciones que señalen otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones administrativas aplicables.
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Estatuto Orgánico de "Metrobús" Organismo Público Descentralizado.
ARTÍCULO 23. Fracciones: I,II,III,IV,V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV |
"ARTÍCULO 23.- Son atribuciones de los Directores de área: |
I. Elaborar y actualizar periódicamente "El Programa";
II. Proponer y coordinar con las distintas dependencias y entidades la ejecución de estudios para incorporar nuevos corredores al Sistema;
III. Proponer y coordinar las políticas de integración de los nuevos corredores al Sistema.
IV. Establecer las políticas de integración del Sistema con los modos de transporte colectivo y masivo del Distrito Federal;
V. Coordinar con las instancias gubernamentales y privadas vinculadas, la puesta en marcha de nuevos Corredores;
VI. Desarrollar modelos financieros para los nuevos corredores y en general para el Sistema;
VII. Coordinar las actividades de planeación que se desarrollen en el Organismo;
VIII. Coordinar la formulación de los manuales de organización y procedimientos del Organismo;
IX. Coordinar las actividades de los Comités Técnicos de los fideicomisos que administren los recursos del Sistema.
X. Analizar los avances tecnológicos en materia de transporte de pasajeros y determinar la viabilidad de incorporarlos al Sistema;
XI. Coordinar las actividades relacionadas con los proyectos ambientales del Organismo;
XII. Evaluar técnica y económicamente el desempeño del Sistema y proponer las medidas que correspondan para garantizar su adecuado funcionamiento;
XIII. Evaluar la tarifa técnica del Sistema, planear la política tarifaría y formular las propuestas de actualización de la tarifa al usuario;
XIV. Evaluar los costos de operación de las empresas operadoras y proponer actualizaciones a las tarifas del pago por kilómetro.
XV. Evaluar la reducción de emisiones contaminantes que genera la operación del Sistema;
XVI. Proponer al Director General el establecimiento y difusión de las políticas respecto de la operación del sistema de peaje y control de accesos del Sistema;
XVII. Supervisar el cumplimiento de los programas de mantenimiento y conservación del estado físico, mecánico y operativo del equipo de recaudo;
XVIII. Diseñar, elaborar, implantar y mantener en operación los sistemas informáticos del Organismo de acuerdo a la normatividad aplicable;
XIX. Brindar asistencia técnica y capacitación en materia informática al Organismo;
XX. Diseñar, implantar, administrar y mantener las redes informáticas del Organismo; y
XXI. Las que señalen otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones administrativas aplicables".
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Manual Administrativo de Metrobús
Registro MA-64/301115-E-MB-2/2011 de la Coordinación General de Modernización Administrativa y cuyo aviso se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de diciembre de 2015
V. ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS MISIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LOS PUESTOS
Puesto: Dirección de Planeación, Evaluación y Sistemas. Objetivos: 1 a 8 |
Misión: Planear la conformación del "Sistema de Corredores de Transporte Público de Pasajeros", considerando los aspectos de movilidad, económicos, financieros y de operación para el desarrollo del sistema acorde con las necesidades de movilidad de la población del Distrito Federal.
Objetivo 1: Planear la expansión del Sistema de Corredores de Transporte Público de Pasajeros que regula "Metrobús", mediante la incorporación de nuevas líneas y la ampliación de las existentes.
Objetivo 2: Formular modelos económicos para planear los aspectos económicos y financieros del "Sistema de Corredores de Transporte Público de Pasajeros" que regula "Metrobús",
Objetivo 3: Coordinar la planeación del organismo y la formulación de los manuales de organización y procedimientos.
Objetivo 4: Coordinar las actividades de los comités técnicos de los fideicomisos que se implanten para la administración de los recursos del "Sistema de Corredores de Transporte de Pasajeros".
Objetivo 5: Formular proyectos ambientales y la incorporación de nuevas tecnologías al funcionamiento del "Sistema de Corredores de Transporte Público de Pasajeros", evaluando la reducción de emisiones contaminantes que se generan por la implantación de los nuevos proyectos.
Objetivo 6: Coordinar la operación del sistema de peaje y control de acceso en el "Sistema de Corredores de Transporte Público de Pasajeros".
Objetivo 7: Evaluar el desempeño de las empresas encargadas de prestar el servicio en el "Sistema de Corredores de Transporte de Pasajeros".
Objetivo 8: Coordinar la implementación y funcionalidad de los sistemas informáticos del organismo.
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